Beneficiarios y Requisitos |
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Serán beneficiarios del “fideicomiso del Boleto”:
a) todas aquellas empresas personas físicas o jurídicas nacionales concesionarias o permisarias de servicios regulares de transporte colectivo de pasajeros en líneas urbanas, departamentales y nacionales que se encuentren al día con los pagos con la Dirección General de Impositiva y el Banco de Previsión Social y/o
b) aquellas empresas de las mismas características, de acuerdo con la información proporcionada por el MTOP, que no se encuentren al dia con el pago de sus obligaciones frente al BPS o DGI, siempre que el cobro del beneficio sea destinado exclusivamente al pago de sus adeudos a dichos organismos.
Los Beneficiarios deberán cumplir con los requisitos establecidos en las condiciones de la reglamentación de generación y pago del beneficio del Fideicomiso del Boleto
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